El Plan de Igualdad y no discriminación en la Función Pública tiene como objetivo general promover la igualdad y garantizar la no discriminación en el acceso, las oportunidades y la permanencia en la función pública del Paraguay, y lograr que el Estado sirva a la sociedad sin exclusiones, actuando conforme a los mandatos constitucionales, los compromisos internacionales y las leyes de la República.
El documento recoge objetivos y políticas que fueron construidos colectivamente y se abre ahora un proceso de implementación efectiva. Indudablemente se trata de un tema muy actual que es motivo de debate en distintos segmentos de la sociedad.
En cuanto a la legislación ya existente, dos son los artículos fundamentales que dan forma a esta Resolución:
Art. 46: “De la igualdad de las personas: Todos los habitantes de la República son iguales en dignidad y derechos. No se admiten discriminaciones. El Estado removerá los obstáculos e impedirá los factores que las mantengan o las propicien. Las protecciones que se establezcan sobre desigualdades injustas no serán consideradas como factores discriminatorios sino igualitarios”.
Art. 88: “De la no discriminación: No se admitirá discriminación alguna entre los trabajadores por motivos étnicos, de sexo, edad, religión, condición social y preferencias políticas o sindicales. El trabajo de las personas con limitaciones o incapacidades físicas o mentales será especialmente amparado”.
Para geAm este tipo de avances son significativos como orientación de las políticas de gestión y desarrollo de personas que las instituciones públicas deben implementar. Por su parte geAm participa activamente en la difusión e implementación de las nuevas políticas de gestión promovidas por la SFP, entre ellas la política de igualdad e inclusión a través del proyecto “Promoción del Servicio Civil” en el marco del programa de cooperación técnica SFP/geAm- USAID.